Declaracion Renta 2011 Inmueble Rustico

La Declaración de la Renta de 2011 contempla particularidades en el caso de la propiedad de un inmueble rústico en España. En primer lugar, hay que tener en cuenta que los cambios normativos introducidos en ese año prioritariamente buscaban reforzar la estabilidad fiscal de los propietarios de este tipo de bienes y proteger el mantenimiento y la explotación sostenible de los mismos.

Sin embargo, es importante destacar que, si el inmueble rústico ha sido adquirido antes del 31 de diciembre de 1994, se aplicarán las llamadas «normas transitorias» que eximen al contribuyente de declarar su valor y los beneficios obtenidos por su enajenación o cesión. Por otro lado, para aquellos casos en los que el inmueble rústico ha sido adquirido después de esa fecha, se aplicará la normativa general del IRPF y se deberán declarar las ganancias patrimoniales obtenidas en la venta o arrendamiento del mismo.

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