Declaración Individual : Hijos y descendientes menores de 25 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica  la Declaración Individual : Hijos y descendientes menores de 25 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s.

Declaración Individual :Hijos y descendientes menores de 25 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s

a) Los hijos y otros descendientes del declarante (nietos, bisnietos, …, etc.) en los que concurran todas y cada una de las siguientes circunstancias:
– Que convivan con el declarante.
Entre otros, se considera que conviven con el declarante los hijos y descendientes que, dependiendo del mismo, estén internados en centros
especializados.
– Que todavía no hayan cumplido los 25 años de edad el 31-12-2012, es decir, que hayan nacido en 1988 o en años posteriores, salvo que sean personas con discapacidad que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, en cuyo caso se incluirán en este apartado cualquiera que sea su edad.
– Que en el ejercicio 2012 no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros, excluidas las rentas exentas del Impuesto.
– Que no presenten declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
ƒ Importante: en las declaraciones individuales de contribuyentes no casados o separados legalmente no deberán relacionarse los hijos menores de edad o mayores incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que, aun cumpliendo los demás requisitos, presenten declaración conjunta formando unidad familiar con el otro progenitor en la que incluyan rentas superiores a 1.800 euros.
b) Las personas vinculadas al declarante por razón de tutela o acogimiento, en los términos previstos en la legislación civil, en las que concurran todas y cada una de las circunstancias señaladas en la letra a) anterior.

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