En la Declaración de la Renta es muy importante la adopción o el acogimiento, es por ello que hoy hablamos de la Declaración de la Renta 2014 :Supuestos de adopción o acogimiento.
Declaración de la Renta 2014 :Supuestos de adopción o acogimiento
En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, dicho incremento podrá aplicarse,siempre que la persona adoptada o acogida sea menor de edad en el momento de la adopción o acogimiento. El incremento se aplicará en el período impositivo en que se inscriba en el Registro Civil y en los dos siguientes.
Cuando la inscripción no sea necesaria, el aumento se podrá practicar en el período impositivo en que se produzca la resolución judicial o administrativa correspondiente y en los dos siguientes.
Cuando tenga lugar la adopción de un menor que hubiera estado en régimen de acogimiento, o se produzca un cambio en la situación el acogimiento,el incremento en el importe del mínimo por descendientes se practicará durante los períodos impositivos restantes
hasta agotar el plazo máximo de tres años.
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