Declaración Conjunta y Discapacidad
En caso de que uno de los cónyuges o miembros de la unión civil tenga una discapacidad reconocida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, pueden optar por la declaración conjunta aunque uno de ellos no tenga rentas sujetas a impuestos. Además, en estos casos, la persona con discapacidad tiene derecho a una reducción en la base imponible en función de su grado de discapacidad. Esto significa que la persona con discapacidad puede deducir un porcentaje de sus ingresos antes de aplicar el tipo impositivo correspondiente. Esta reducción puede ser de hasta el 50% en caso de discapacidades severas.