debolucion fonasa inmuebles

La «devolución de fonasa inmuebles» hace referencia a la posibilidad de solicitar una restitución de las cantidades abonadas en concepto de impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por la venta de inmuebles en España. Esta devolución se aplica únicamente en los casos en los que el vendedor no sea residente en el país y además se hayan cumplido algunas condiciones específicas durante la transacción.

Otra de las condiciones importantes es que el inmueble haya sido adquirido antes del 31 de diciembre de 2006 y se haya vendido después del 1 de enero del mismo año. Además, el inmueble debe haber sido utilizado como vivienda habitual durante el tiempo que ha estado en propiedad del vendedor. En este sentido, se exige que el vendedor haya respetado el periodo mínimo anual de permanencia en la vivienda para poder disfrutar de esta devolución.

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