debolucio fonasa inmuebles
La cantidad deducible por este concepto es del 15% de los intereses pagados en el año fiscal, con un límite máximo de 9.040 euros. Esta deducción se aplica tanto a las viviendas adquiridas antes del 1 de enero de 2013 como a las que se adquieran después de esa fecha. Sin embargo, desde el 1 de enero de 2013, la deducción se aplica solo para aquellos contribuyentes cuyo nivel de renta sea inferior a 24.107,2 euros anuales. Para aquellos que superen este límite, la deducción se reduce progresivamente hasta desaparecer completamente cuando el nivel de renta supere los 66.044,40 euros.
En resumen, la «debolución fonasa inmuebles» o la deducción por vivienda habitual, es un beneficio fiscal que busca ayudar a los contribuyentes a reducir el importe de sus impuestos a través de la desgravación de los intereses de la hipoteca para la adquisición de su vivienda habitual. Sin embargo, esta deducción tiene ciertos requisitos y límites que deben tenerse en cuenta para poder aplicarla correctamente.