CUOTAS ATISFECHAS A COLEGIOS PROFESIONALES DEDUCCION RENTA 2013
En segundo lugar, para poder deducir las cuotas satisfechas a colegios profesionales en la declaración de la renta del 2013, es necesario que dichas cuotas estén incluidas en la base de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia. Es decir, solo podrán ser deducibles las cuotas abonadas por profesionales que ejerzan su actividad de forma autónoma, ya sea en régimen de estimación directa o en estimación objetiva (módulos).
En resumen, las cuotas satisfechas a colegios profesionales pueden ser deducidas en la declaración de la renta del año 2013 siempre y cuando se cumplan los requisitos mencionados anteriormente y no se superen los límites establecidos por la ley. Es importante tener en cuenta que esta deducción está sujeta a posibles cambios en la normativa fiscal, por lo que es recomendable consultar con un experto en el momento de presentar la declaración de la renta.