Cónyuge : Declaraciones conjuntas
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) nos explica las Casillas que hacen referencia al Cónyuge en las Declaraciones conjuntas, a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2012.
Cónyuge : Declaraciones conjuntas
En declaraciones conjuntas de unidades familiares integradas por matrimonios no separados legalmente, deberá adherirse la etiqueta identificativa del cónyuge en el espacio destinado a tal efecto.
Si el cónyuge no dispusiera de etiquetas, se harán constar sus datos identificativos en las casillas 61 a 64 de este apartado, debiendo acompañarse a la declaración una fotocopia de la tarjeta o documento acreditativo de su número de identificación fiscal (NIF).
No será preciso adjuntar la mencionada fotocopia en el caso de declaraciones negativas, con solicitud de devolución o con renuncia a la misma, que se presenten personalmente en las Delegaciones o Administraciones de la Agencia Tributaria.
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