Convenio de Colaboración en Actividades de Interés General
En este acuerdo, se establecen las actividades que realizará la entidad, así como los requisitos y criterios que deben cumplir para ser consideradas de interés general. Además, se determinan las obligaciones y responsabilidades de ambas partes, así como los plazos y seguimiento de las actividades propuestas. De esta manera, se asegura que los fondos públicos otorgados a la entidad serán utilizados de manera adecuada y en beneficio de la sociedad.