contabilizar autoconsumo

En España, el «autoconsumo» hace referencia al consumo de energía eléctrica producida por uno mismo a través de sistemas de generación renovable, como paneles solares o aerogeneradores. En términos fiscales, el autoconsumo se considera una actividad económica que debe ser contabilizada correctamente en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Por otro lado, el autoconsumo compartido, que se lleva a cabo entre varios usuarios, debe ser declarado como una actividad económica en el IRPF y se aplicarán las mismas normas que para cualquier otro tipo de actividad. Esto implica que deben llevarse los registros contables correspondientes y se podrán aplicar las reducciones y deducciones fiscales pertinentes.

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