Consulta Vinculante de la D.g.t. V1011-09 de 8 de Mayo 2009
En caso de que la cesión de los bienes no forme parte de una actividad económica, se consideraría como un rendimiento de capital mobiliario y estaría sujeto al impuesto correspondiente.
En resumen, la Consulta Vinculante de la D.G.T. V1011-09 de 8 de Mayo 2009 establece las normas a seguir en cuanto a la tributación de las rentas obtenidas por un empresario individual que cede el uso de bienes muebles a terceros, clarificando en qué casos se considera un rendimiento de actividad económica y en qué casos un rendimiento de capital mobiliario.