Consulta Vinculante de la D.g.t. V 1198 – 2009 , de 22 de Mayo de 2009
La D.G.T. resolvió que en estos casos, la totalidad de la renta recibida por el arrendamiento de la vivienda debe tributar en el IRPF, sin poder aplicar la reducción del 60% sobre la renta variable que se aplica en los contratos de arrendamiento de vivienda destinados a vivienda habitual.
En resumen, la Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1198-2009 aclara que en los contratos de arrendamiento de vivienda en los que se establece una renta variable en función del IPC, la totalidad de la renta recibida debe tributar en el IRPF, sin poder aplicar la reducción del 60% sobre la renta variable que se aplica en los contratos de arrendamiento de vivienda destinados a vivienda habitual.