Consulta Vinculante de la D.g.t. V 0368 – 2007 , de 26 de Febrero de 2007
La respuesta de la Dirección General de Tributos es que, en primer lugar, se debe determinar si los servicios de transporte se realizan como parte del paquete turístico ofrecido por la empresa, o si se ofrecen de manera independiente. En caso de ser parte del paquete turístico, estarán sujetos al IVA al tipo reducido del 7%.