Consulta D.g.t V 0216-09 26 de Abril 2007

La consulta es realizada por una empresa que opera en el sector de la distribución de combustible y que está interesada en conocer si puede aplicar una reducción en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el beneficio obtenido en la venta de gasóleo bonificado a agricultores.

La Dirección General de Tributos, en su contestación, señala que la reducción en la base imponible del IRPF solo puede aplicarse a actividades económicas en sentido estricto, es decir, aquellas que impliquen una organización de medios personales y materiales que persigan una finalidad lucrativa. En este sentido, si bien la venta de gasóleo bonificado a agricultores no supone una actividad económica, la gestión de cobro por parte de la empresa distribuidora sí lo es.

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