Compensación para contratos de arrendamiento anteriores a 09-05-1985

La Agencia Tributaria a través de la ley del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) nos explica como aplicar la Compensación para contratos de arrendamiento anteriores a 09-05-1985 a la hora de imputar Gastos Deducibles en nuestra Declaración de la Renta 2010.

Compensación para contratos de arrendamiento anteriores a 09-05-1985 :

Para determinar los rendimientos del Capital Inmobiliario derivados de contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985 y que no disfruten del derecho a la revisión de renta del contrato, se incluirá adicionalmente como gasto deducible, mientras subsista esta situación y en concepto de compensación, la cantidad que corresponda a la amortización del inmueble.

Así pues, en estas situaciones, podrá computarse dos veces el gasto de amortización: una vez como gasto fiscalmente deducible conforme a las reglas de determinación del rendimiento neto derivado de inmuebles arrendados anteriormente comentadas, y otra vez, en concepto de compensación.

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