compensacion fiscal per rendimentos financieros periodo generacion superior a dos años
En concreto, si el periodo de generación de los rendimientos financieros es superior a dos años, se podrá aplicar una reducción del 40% sobre la parte proporcional de los rendimientos que se hayan generado en ese periodo. Por ejemplo, si se obtienen 1.000 euros de rendimientos en un periodo de 2 años y 6 meses, la reducción aplicable sería del 20% (6 meses representan un 25% del periodo de 2 años y 6 meses, y el 40% de 25% es 10%, que equivale al 20% del total de 1.000 euros).
Es importante tener en cuenta que esta medida solo aplica a los rendimientos obtenidos por los contribuyentes considerados residentes en España, ya que para los no residentes aplican diferentes regímenes fiscales.