COMO TRIBUTA EN MODULOS CONTRATOS EN FORMACION

En España, el régimen de estimación de módulos es una forma simplificada de llevar a cabo la tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este régimen se aplica principalmente a profesionales y empresarios que desarrollan actividades económicas que se rigen por determinados índices de rendimiento, establecidos cada año por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Sin embargo, el régimen de módulos también se puede aplicar en algunos casos a los contratos en formación, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

En cuanto al régimen de estimación de módulos para estos contratos en formación, la AEAT ha establecido que se podrán aplicar cuando se den las siguientes condiciones: que el trabajador contratado en formación sea titular de una actividad económica, y que el contrato de formación se haya celebrado por una duración mínima de seis meses. Además, el empresario deberá acreditar que se están manteniendo una actividad económica en una instalación (local, nave o establecimiento) que cumpla los requisitos de la Ley de Ordenación de Comercio Minorista. En este caso, los índices de rendimiento aplicables serán los mismos que para el resto de actividades sujetas al régimen de módulos.

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