comision de agente mediador independiente

La comisión de agente mediador independiente es un ingreso que puede recibir una persona por prestar servicios de intermediación en la compra o venta de bienes o servicios. Este tipo de comisión no está sujeta al Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), ya que su función es meramente intermediaria y no implica la entrega de bienes o prestación de servicios.

Esta comisión debe ser declarada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como rendimientos de actividades económicas, ya que el agente mediador independiente está realizando una actividad empresarial. Dependiendo del importe de la comisión, se aplicará una tarifa progresiva de IRPF que irá desde el 19% hasta el 45%.

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