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Una de las principales claves del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en relación a la vivienda habitual, es que la ley considera este tipo de inmueble como un bien exento a efectos de este impuesto. Esto significa que, en principio, no se debe tributar por rentas percibidas o ganancias patrimoniales derivadas de la vivienda habitual.

Otra de las claves importantes a tener en cuenta en relación a la vivienda habitual en el IRPF, es que se pueden aplicar ciertas deducciones y reducciones en la cuota del impuesto. Por ejemplo, en determinadas Comunidades Autónomas, existe una deducción por adquisición de vivienda habitual que permite reducir la base imponible del impuesto. Además, se pueden aplicar reducciones en casos de discapacidad del contribuyente o de su cónyuge, siempre que la vivienda esté adaptada a estas necesidades.

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