clave titularidad 4 irpf
En el caso de que una persona sea titular de más de una vivienda, se debe indicar cuál es la vivienda habitual y cuál es la segunda residencia. La vivienda habitual es aquella en la que se reside de forma permanente y se utiliza como domicilio fiscal, mientras que la segunda residencia es aquella que se posee para su uso ocasional o como inversión.