Centros Moviles O Itinerantes
En cuanto a la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los empresarios o autónomos que lleven a cabo esta actividad deberán incluir en su declaración de la renta los ingresos obtenidos por la prestación de servicios desde el centro móvil. Estos ingresos se consideran como rendimientos de actividades empresariales y profesionales y se incluirán en la base imponible del IRPF, junto con los gastos deducibles correspondientes.
En resumen, los centros móviles o itinerantes son una opción para aquellos emprendedores que deseen llevar a cabo su actividad empresarial desde un vehículo o unidad móvil, y deben cumplir con los requisitos legales establecidos y declarar correctamente sus ingresos en la declaración de la renta.