centros moviles

En el contexto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España, se considera un «centro móvil» a aquellas personas que realizan una actividad económica sin tener un establecimiento fijo en el que desarrollar su actividad. Esto puede darse en situaciones como trabajadores autónomos o profesionales que ofrecen sus servicios a través de Internet o a domicilio.

Uno de los principales beneficios para estos «centros móviles» es la posibilidad de deducir los gastos derivados de su actividad económica, siempre y cuando se puedan justificar con facturas o tickets. Además, tienen la opción de acogerse al sistema de módulos, lo que les permite simplificar su gestión fiscal y tributar por un importe fijo en función de su actividad y tamaño.

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