Centro de Trabajo Moviles O Intinerantes
Desde un punto de vista fiscal, el trabajador en situación de CTMI tendrá la obligación de tributar por IRPF en el lugar donde resida habitualmente, siempre y cuando realice su actividad en territorio español. En caso de que los trabajos se realicen en diferentes territorios, se deberán de tener en cuenta las normas de cada comunidad autónoma en cuanto a su régimen fiscal. Además, el empleador deberá cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes al lugar donde tenga su sede social y fiscal. Por lo tanto, es fundamental que se establezcan claramente los acuerdos de trabajo y se cumplan adecuadamente las obligaciones fiscales y laborales correspondientes.