Centro de Trabajo Itinerantes
Desde un punto de vista fiscal, la figura del Centro de Trabajo Itinerante tiene una serie de implicaciones y obligaciones que deben ser tenidas en cuenta tanto por el empleador como por los trabajadores. Por ejemplo, en lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los empleados que trabajan en un CTI deben registrar sus gastos de desplazamiento y de manutención en los lugares donde realizan su trabajo, ya que estos pueden ser deducibles en su declaración de la renta.
En resumen, los Centros de Trabajo Itinerantes se han convertido en una forma de organización cada vez más extendida en el mercado laboral español, y su gestión requiere de un buen conocimiento de la normativa fiscal y laboral para garantizar su correcto funcionamiento tanto para los empleados como para la empresa.