Casillas 51 y 52. Porcentaje/s de Participación (en Caso de Propiedad O Usufructo).
Por otro lado, en la casilla 52 se debe declarar el porcentaje de usufructo que se tenga sobre el inmueble. El usufructo es un derecho que permite disfrutar de un bien ajeno y obtener sus frutos, sin ser propietario del mismo. Es habitual que personas mayores cedan el usufructo de sus bienes a sus hijos, de manera que estos puedan disfrutar de ellos mientras ellos estén vivos. En este caso, el usufructuario debe declarar en su IRPF este porcentaje de usufructo.