casilla 756 renta 2014
Es importante mencionar que en caso de tener ingresos procedentes de otro país durante el año 2014, estos también deberán ser incluidos en esta casilla, siempre y cuando exista un convenio de doble imposición entre España y el país de origen de la renta. En el caso de no existir este convenio, deberán incluirse en la casilla 770.