Casilla 716 en Borrador
Una vez que se ha realizado la inversión, el contribuyente deberá incluir el importe correspondiente en la casilla 716 del borrador del IRPF. La deducción aplicable será del 15% del importe invertido, con un límite máximo del 10% de la base liquidable general del contribuyente. Además, es importante destacar que esta deducción no es acumulable con otras deducciones en el mismo proyecto de mecenazgo.