Casilla 50 : Titularidad de la vivienda
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos explica la Casilla 50-Titularidad de la vivienda, a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2012.
Casilla 50 : Titularidad de la vivienda
Respecto de la vivienda habitual y, en su caso, de cada una de las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la misma, se hará constar en esta casilla la clave que corresponda de las siguientes:
- Propiedad. Vivienda, plaza de garaje, trastero o anexo de la que es propietario el primer declarante y/o su cónyuge.
- Usufructo. Vivienda de la que es usufructuario el primer declarante y/o su cónyuge.
- arrendamiento. Vivienda de la que es arrendatario el primer declarante, su cónyuge o ambos.
- Otra. Vivienda en la que reside el primer declarante sin ostentar, ni él ni su cónyuge, ningún título jurídico sobre la misma o con título distinto de los anteriores.
Enlace | Casilla 50 : Titularidad de la vivienda