Casilla 50 de la Renta
Es importante destacar que estas cantidades no están exentas de tributar en el IRPF, por lo que su inclusión en la casilla 50 puede tener un impacto en la tributación final del contribuyente. Además, en caso de haber recibido estas prestaciones por desempleo de manera anticipada durante el año, es necesario restar la parte proporcional correspondiente en la declaración de la Renta.