CASILLA 446 IRPF
En el caso de pérdidas patrimoniales, es importante destacar que solo se pueden compensar con ganancias patrimoniales obtenidas en el mismo período impositivo. En caso de no existir ganancias suficientes para compensar las pérdidas, estas se pueden aplazar hasta un máximo de 4 años.
Es importante tener en cuenta que las ganancias o pérdidas patrimoniales solo se deben declarar si se supera el límite de 1.000 euros en el conjunto del año. En caso contrario, no será necesario incluir esta información en la declaración de la renta.