Calendario del Contribuyente Agosto
2. Devolución IRPF: Si durante la presentación de la declaración de IRPF se ha confirmado el borrador y se tiene derecho a devolución, esta se realizará en agosto. Sin embargo, si la devolución es superior a 3.000 euros, el pago se fraccionará en dos plazos: el 60% en agosto y el 40% restante en diciembre.
Además de estas fechas, es importante recordar que en agosto no se presentan Declaraciones Trimestrales del IRPF ni se pueden realizar modificaciones en los pagos a cuenta del impuesto. Por lo tanto, es fundamental tener en cuenta estas fechas para evitar posibles sanciones o recargos por parte de la Agencia Tributaria.