calcular el interes contractual por aplazamiento

El interés contractual por aplazamiento se refiere al interés que se cobra por aplazar el pago de una deuda. Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), este concepto se incluye dentro de los rendimientos de capital mobiliario. Esto significa que el interés que se paga por retrasar el pago de una deuda se considera como una ganancia para el acreedor y una pérdida para el deudor.

Una de estas excepciones es cuando los intereses se devengan entre partes vinculadas, es decir, entre personas o entidades que tienen relaciones de parentesco o de participación en una misma sociedad. En estos casos, la normativa del IRPF establece que los intereses por aplazamiento solo estarán sujetos a tributación si superan los 6.000 euros anuales. En caso contrario, estarán exentos de tributación.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *