Borrador Renta 2011 Compensacion de Conyuges
La compensación de cónyuges solo se puede aplicar en aquellos casos en los que no exista una separación legal ni una residencia independiente durante más de seis meses al año, y siempre y cuando ambos cónyuges presenten declaración de la renta de manera individual. Además, el importe de la compensación no puede superar los 3.400 euros al año, y debe ser solicitada en el borrador o en la declaración de la renta correspondiente.