Base de la deducción
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos expone brevemente la Base de la deducción.
Base de la deducción
Constituyen la base de esta deducción las cantidades satisfechas por el contribuyente en el ejercicio por los conceptos deducibles anteriormente mencionados, siempre que no superen el límite máximo que a continuación se señala.
Tratándose de las adquisiciones con derecho a deducción a que se refiere la letra a) anterior, la base de la deducción será la valoración efectuada por la Junta de calificación, valoración y exportación de bienes del patrimonio histórico español.
Límite máximo.
La base de esta deducción no podrá superar el 10 por 100 de la base liquidable del impuesto (suma de las cantidades consignadas en las casillas 411 y 419 de las páginas 12 y 13, respectivamente, de la declaración), sin que, en ningún caso, las cantidades no computadas por esta causa den derecho a deducción en ejercicios futuros.
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