AUTOCONSUMO DE BIENES

El autoconsumo de bienes hace referencia a la utilización de bienes o servicios por parte de su propietario o titular sin fines comerciales o de lucro. En términos fiscales, se trata de una operación que no genera una contraprestación económica, por lo que no está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España.

Un ejemplo común de autoconsumo de bienes es el uso de una vivienda por parte de su propietario como vivienda habitual, ya que en este caso no se genera ningún ingreso ni beneficio económico. No obstante, si se alquila la vivienda a un tercero, se estaría realizando una actividad económica y por tanto, estaría sujeta al IVA.

En conclusión, el autoconsumo de bienes es una operación exenta de IVA en España siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley. Es importante diferenciarlo de cualquier actividad económica que genere ingresos, ya que en estos casos sí sería necesario el pago del impuesto correspondiente.

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