Ascendientes mayores de 65 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s al menos la mitad del período impositivo
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) nos explica la Ascendientes mayores de 65 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s al menos la mitad del período impositivo.
Ascendientes mayores de 65 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s al menos la mitad del período impositivo
En este apartado se relacionarán los ascendientes en línea recta (padres, abuelos, etc.) del primer declarante, así como los del cónyuge en caso
de declaración conjunta de matrimonios no separados legalmente, que reúnan las siguientes condiciones:
– Que en el año 2012 hayan convivido, durante al menos la mitad del período impositivo, con el contribuyente (primer declarante o cónyuge) que
sea su descendiente.
Se considera que conviven con el contribuyente los ascendientes discapacitados que, dependiendo del mismo, sean internados en centros
especializados.
– Que tengan 65 años cumplidos el día 31 de diciembre de 2012, es decir, que hayan nacido en el año 1947 o en años anteriores, salvo que sean
personas con discapacidad que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, en cuyo caso se incluirán en este
apartado cualquiera que sea su edad.
– Que en el ejercicio 2012 no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros, excluidas las rentas exentas del Impuesto.
– Que no presenten declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.