Ascendientes mayores de 65 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s al menos l

En el contexto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España, se considera que un contribuyente tiene ascendientes a su cargo cuando convive con ellos y tienen más de 65 años de edad o bien presentan algún tipo de discapacidad que les impide trabajar en condiciones normales.

Esta reducción puede variar en función de la edad y el grado de discapacidad de los ascendientes. En el caso de mayores de 65 años, se aplica una reducción de hasta 1.150 euros por ascendiente, mientras que en el caso de discapacitados el importe puede ser mayor, llegando hasta los 1.200 euros.

Además, esta reducción puede ser acumulable con otras que correspondan al contribuyente por tener hijos a su cargo o por discapacidad, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para cada una de ellas.

Publicaciones Similares

Entradas 1 a 3 de 6

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *