Articulo+24.6+Irnr
Una de las medidas más importantes del artículo 24.6 es la aplicación del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) a las rentas procedentes del extranjero. Este impuesto se divide en dos modalidades: la de tipo general, que se aplica a las rentas no obtenidas por actividades económicas, y la de tipo especial, que grava los beneficios empresariales y profesionales en el extranjero.