Artículo 91 del Decreto 1065/2007

El Artículo 91 del Decreto 1065/2007 establece la obligación de retener o ingresar a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en determinadas operaciones y en distintas situaciones.

Además, este artículo también contempla la obligación de retener en la renta a realizar en el ámbito de las actividades empresariales y profesionales establecidas en el artículo 94.4 de la Ley del IRPF. Entre otras, estas incluyen la compraventa de acciones y participaciones de sociedades, la cesión de capitales propios a terceros, la cesión de arrendamientos de determinados bienes, la transmisión de derechos de uso y explotación sobre recursos naturales, entre otros.

En resumen, el Artículo 91 del Decreto 1065/2007 regula las situaciones en las que se debe realizar una retención o ingreso a cuenta en el IRPF por parte de profesionales y empresarios en determinadas transacciones y actividades económicas, siendo una parte fundamental en la recaudación de este impuesto en España.

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