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El artículo 91.5 del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), establece una norma importante en materia de deducciones fiscales. En concreto, se refiere a la deducción por maternidad que pueden aplicar las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años a su cargo.

En primer lugar, es necesario que la madre sea trabajadora activa, es decir, que esté en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social. Además, debe tener un hijo menor de tres años a su cargo, ya sea biológico, adoptado o en situación de acogimiento. En el caso de familias monoparentales, la deducción también se puede aplicar a los padres trabajadores que tengan hijos menores de tres años a su cargo.

En resumen, el artículo 91.5 del reglamento del IRPF establece una ventaja fiscal muy importante para las mujeres trabajadoras con hijos pequeños a su cargo, con el objetivo de facilitar su incorporación o permanencia en el mercado laboral. Sin duda, se trata de una medida que ha contribuido a mejorar la situación de muchas familias en España.

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