Artículo 49.1 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre O el Artículo 91 del Real Decreto 1065/2007 de 27

El Artículo 49.1 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre hace referencia a las facultades de comprobación y control que tiene la Administración en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este artículo establece que la Administración tributaria podrá realizar actuaciones de comprobación o control sobre la situación tributaria de los contribuyentes en cualquier momento dentro de los plazos de prescripción, con el objetivo de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Por otro lado, el Artículo 91 del Real Decreto 1065/2007 de 27 establece las normas para la realización de las actuaciones de comprobación e investigación en relación con el IRPF. Este artículo determina que las actuaciones podrán ser realizadas a través de comprobaciones limitadas (requiriendo documentación o información específica) o inspecciones fiscales (en las que se revisará la totalidad de la situación tributaria del contribuyente).

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