Artículo 44 de la Ley Irnr
El artículo 44 también especifica que los beneficios obtenidos por las entidades no residentes se determinarán aplicando las normas del Impuesto sobre Sociedades, siempre que no se disponga de un régimen especial. Esto significa que la base imponible se calculará de la misma manera que para las sociedades residentes, aplicando los mismos tipos impositivos establecidos en el impuesto sobre sociedades.
Por último, el artículo 44 establece que las entidades no residentes que realicen actividades económicas en España están obligadas a llevar una contabilidad ajustada al Código de Comercio y presentar una declaración anual de sus beneficios obtenidos en territorio español. En caso de incumplimiento de estas obligaciones, se podrán aplicar sanciones económicas.