Articulo 27 de la Lgt
Además, el artículo 27 también establece la obligación de llevar y conservar los libros y registros contables de acuerdo con lo establecido en las normas tributarias, así como de facilitar su presentación a la Administración en caso de requerimiento. Esta obligación se extiende también a la documentación justificativa de las operaciones y transacciones realizadas por el contribuyente en el ejercicio de su actividad económica.