Art. 91 Real Decreto 1065/2007
Además, el artículo señala que los empresarios y profesionales deben conservar los libros, registros y documentos que apoyen su contabilidad, así como aquellos que sean necesarios para la determinación de la base imponible y la cuantificación de las deducciones y bonificaciones. Estos registros deben estar disponibles para la Administración Tributaria durante un plazo mínimo de cuatro años.
En resumen, el Artículo 91 del Real Decreto 1065/2007 establece las obligaciones contables y registrales a las que están sujetas las empresas y profesionales que tributen en el IRPF en España, con el objetivo de garantizar que su contabilidad refleje de manera precisa su situación financiera y facilitar el control por parte de la Administración Tributaria.