Art.54 Reglamento General de Recaudacion

El Artículo 54 del Reglamento General de Recaudación de España establece las obligaciones de los obligados tributarios respecto a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones. Entre ellas se encuentran la presentación de las correspondientes declaraciones y documentación exigida en el plazo establecido, el ingreso de las deudas tributarias y la presentación de declaraciones complementarias.

El artículo también establece que los obligados tributarios deberán presentar declaraciones y autoliquidaciones por medios electrónicos, a menos que se trate de supuestos específicos en los que se permita la presentación en formato papel. Además, se establecen las consecuencias derivadas del incumplimiento de estas obligaciones, que pueden incluir la aplicación de recargos e intereses de demora en caso de pago fuera de plazo. En resumen, el Artículo 54 del Reglamento General de Recaudación es una norma importante que regula las obligaciones de los obligados tributarios en materia de presentación de declaraciones y autoliquidaciones en el ámbito del IRPF en España.

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