arrendamiento parentesco
En cuanto a las obligaciones fiscales, tanto el arrendador como el arrendatario están sujetos al pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la declaración de la renta anual. Sin embargo, existen ciertas diferencias en los tratamientos fiscales entre ambos. Por ejemplo, el propietario puede deducir los gastos de mantenimiento y reparación de la vivienda, mientras que el inquilino no puede deducir el alquiler en su declaración de la renta.