APLAZAMIENTO DECLARACIÓN IRPF 2008 EXTEMPORÁNEA O COMPLEMENTARIA

¿Puede solicitarse aplazamiento o fraccionamiento de una declaración de IRPF 2008 extemporánea? ¿ Y si es complementaria?

Respuesta

Sí. En ambos supuestos el obligado ya no puede acogerse al fraccionamiento del 60% y del 40% contemplado con carácter específico en el artículo 62.2 del Reglamento del impuesto. En el primer caso, porque se exige como requisito que la declaración se presente en el plazo voluntario establecido, y en el segundo porque expresamente queda excluida tal posibilidad.

Sin embargo, nada impide si concurren las circunstancias previstas en el RGR, que pueda solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda resultante de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 65 y 82 de la LGT , desarrollados en los arts. 44 a 54 del RGR.

Normativa
* Artículo 65 y artículo 82 Ley 58 / 2003 , de 17 de diciembre de 2003 General Tributaria .
* Artículo 44 a artículo 54 Real Decreto 939 / 2005 , de 29 de julio de 2005 por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación .

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