Amplicacion del Plazo Ley 30/1992
Esta ampliación del plazo debe ser motivada y notificada al interesado antes de que finalice el plazo inicial de resolución. Además, la ley establece que en ningún caso se podrá superar el plazo máximo de seis meses para la resolución de procedimientos ordinarios, y de 12 meses para aquellos procedimientos que requieran la realización de informes por parte de otras administraciones.
En definitiva, la Ley 30/1992 establece un plazo máximo de resolución de los procedimientos administrativos, pero también prevé la posibilidad de ampliar dicho plazo en casos excepcionales para garantizar una gestión eficiente de los mismos.