amortizacion estimacion objetiva 2011 escaso valor aeat

El término «amortización» se refiere a la pérdida de valor que experimentan los bienes y activos de una empresa con el paso del tiempo. En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) establece un sistema de estimación objetiva para determinar el rendimiento neto de actividades económicas de aquellos contribuyentes que, por su actividad o volumen de ingresos, estén incluidos en el régimen de módulos.

En este sentido, la AEAT establece unas tablas de amortización para determinar la cuantía de la reducción, que oscila entre el 75% y el 50% del valor inicial del bien, en función de su vida útil. Sin embargo, es importante destacar que esta reducción solo es aplicable a aquellos contribuyentes que tributen por el régimen de módulos y que, además, hayan elegido la opción de calcular su rendimiento neto a través de la estimación directa simplificada o normal. En caso de no cumplir con estos requisitos, la reducción en la amortización de bienes de escaso valor no podrá ser aplicada en la declaración del IRPF.

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