agencia tributaria renta definición de unidad familiar

La Agencia Tributaria de España define la unidad familiar como el conjunto formado por el contribuyente, su cónyuge o pareja de hecho y los hijos (biológicos, adoptados o acogidos) menores de 25 años, así como los ascendientes del contribuyente y de su cónyuge o pareja de hecho que dependan de ellos económicamente.

Además, la Agencia Tributaria también tiene en cuenta la situación de separación legal o divorcio de los padres, así como las parejas de hecho, en la que cada uno de los miembros podría presentar su declaración de manera individual.

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